{"id":16801,"date":"2024-05-14T14:43:45","date_gmt":"2024-05-14T14:43:45","guid":{"rendered":"https:\/\/mgiambit.com\/blog\/?p=16801"},"modified":"2024-05-14T14:43:45","modified_gmt":"2024-05-14T14:43:45","slug":"las-claves-de-los-derechos-adquiridos-o-condiciones-mas-beneficiosas-en-el-ambito-laboral","status":"publish","type":"post","link":"https:\/\/mgiambit.com\/blog\/en\/las-claves-de-los-derechos-adquiridos-o-condiciones-mas-beneficiosas-en-el-ambito-laboral\/","title":{"rendered":"Las claves de los derechos adquiridos o condiciones m\u00e1s beneficiosas en el \u00e1mbito laboral."},"content":{"rendered":"<p><img loading=\"lazy\" decoding=\"async\" class=\"alignnone wp-image-16803\" src=\"https:\/\/mgiambit.com\/blog\/wp-content\/uploads\/2024\/05\/20240513-Las-claves-de-los-derechos-adquiridos-o-condiciones-m\u00e1s-beneficiosas-en-el-\u00e1mbito-laboral-300x167.jpg\" alt=\"\" width=\"1365\" height=\"760\" srcset=\"https:\/\/mgiambit.com\/blog\/wp-content\/uploads\/2024\/05\/20240513-Las-claves-de-los-derechos-adquiridos-o-condiciones-m\u00e1s-beneficiosas-en-el-\u00e1mbito-laboral-300x167.jpg 300w, https:\/\/mgiambit.com\/blog\/wp-content\/uploads\/2024\/05\/20240513-Las-claves-de-los-derechos-adquiridos-o-condiciones-m\u00e1s-beneficiosas-en-el-\u00e1mbito-laboral.jpg 425w\" sizes=\"auto, (max-width: 1365px) 100vw, 1365px\" \/><\/p>\n<p>&nbsp;<\/p>\n<p>En el contexto laboral, los derechos adquiridos representan un pilar esencial para la protecci\u00f3n y estabilidad de los trabajadores. Estos derechos, tambi\u00e9n conocidos como condiciones m\u00e1s beneficiosas, aseguran que las condiciones laborales una vez concedidas no puedan ser modificadas unilateralmente en perjuicio del trabajador.<\/p>\n<p>Dentro del mundo laboral, se consideran derechos adquiridos del trabajador, aquellas condiciones de trabajo que el empresario aplica a sus trabajadores, siendo estas m\u00e1s favorables que las reconocidas en su convenio colectivo, Estatuto de los Trabajadores, disposiciones legales o contrato laboral.<\/p>\n<p>La aplicaci\u00f3n de los derechos adquiridos aparece regulada en el art. 3.1.c del ET y pueden ser reconocidos de manera unilateral por el empresario y tambi\u00e9n pueden ser acordados entre las partes.<\/p>\n<p>En esta circular vamos a tratar de clarificar la naturaleza de los derechos adquiridos, su consolidaci\u00f3n y las v\u00edas legales disponibles para su protecci\u00f3n o modificaci\u00f3n.<\/p>\n<p>&nbsp;<\/p>\n<p><strong>\u00bfQu\u00e9 son los derechos adquiridos?<\/strong><\/p>\n<p>Los derechos adquiridos en el entorno laboral son beneficios o condiciones que los trabajadores han obtenido durante la relaci\u00f3n laboral, ya sea por concesi\u00f3n expl\u00edcita del empresario o por la pr\u00e1ctica continuada y consistente. Ejemplos de estos pueden incluir un salario superior al convenio, m\u00e1s d\u00edas de vacaciones, jornadas reducidas, entre otros.<\/p>\n<p>&nbsp;<\/p>\n<p><strong>Consolidaci\u00f3n de los derechos adquiridos<\/strong><\/p>\n<p>Para que un beneficio se considere un derecho adquirido consolidado, es esencial considerar la repetici\u00f3n temporal del beneficio, la voluntad clara del empresario de concederlo, y que suponga una mejora sobre las condiciones est\u00e1ndar establecidas por contrato o convenio. La jurisprudencia ha enfatizado que no existe un plazo fijo para la consolidaci\u00f3n, pero s\u00ed se requiere una continuidad y mejora evidente en los t\u00e9rminos laborales del empleado.<\/p>\n<p>&nbsp;<\/p>\n<p><strong>Reconocimiento legal de los derechos adquiridos<\/strong><\/p>\n<p>El Estatuto de los Trabajadores (ET), en su art\u00edculo 3.1, establece los derechos adquiridos como un mecanismo de protecci\u00f3n al trabajador, garantizando que las condiciones de trabajo no pueden ser alteradas en detrimento de lo ya concedido sin un acuerdo claro o situaciones excepcionales justificadas.<\/p>\n<p>Una de las claves para ser considerado como derecho adquirido es que se lleve disfrutando de manera continuada de un derecho determinado.<\/p>\n<p>No obstante, como ha establecido la jurisprudencia en la sentencia del Tribunal Supremo de 7 de julio de 2010 o de 22 de septiembre de 2011, la mera persistencia o repetici\u00f3n en el tiempo no es causa suficiente, sino que es necesario que dicha actuaci\u00f3n persistente en el tiempo determine la voluntad del empresario de conceder el derecho de manera indefinida.<\/p>\n<p>Un ejemplo muy t\u00edpico de una condici\u00f3n m\u00e1s beneficiosa es la entrega por parte de la empresa de una cesta de navidad, tal y c\u00f3mo han reiterado la jurisprudencia en diversas ocasiones.<\/p>\n<p>&nbsp;<\/p>\n<p><strong>Protecci\u00f3n de los derechos adquiridos<\/strong><\/p>\n<p><strong>Acciones del Trabajador<\/strong><\/p>\n<ul>\n<li><strong>Negociaci\u00f3n directa:<\/strong>\u00a0Primera instancia de resoluci\u00f3n de conflictos.<\/li>\n<li><strong>Inspecci\u00f3n de Trabajo:<\/strong>\u00a0Si la negociaci\u00f3n no prospera, se puede recurrir a la Inspecci\u00f3n de Trabajo para denunciar incumplimientos.<\/li>\n<li><strong>Acci\u00f3n judicial:<\/strong>\u00a0Como \u00faltimo recurso, el trabajador puede iniciar una demanda judicial para la protecci\u00f3n de sus derechos.<\/li>\n<\/ul>\n<p><strong>Revocaci\u00f3n de derechos por la empresa<\/strong><\/p>\n<ul>\n<li><strong>Modificaci\u00f3n sustancial de condiciones:<\/strong>\u00a0Requiere justificaci\u00f3n v\u00e1lida y notificaci\u00f3n previa.<\/li>\n<li><strong>Acuerdo mutuo:<\/strong>\u00a0Los derechos pueden ser revocados si existe un acuerdo entre las partes.<\/li>\n<li><strong>Compensaci\u00f3n y absorci\u00f3n:<\/strong>\u00a0Mejoras pueden ser absorbidas por incrementos obligatorios derivados de cambios en la legislaci\u00f3n o el convenio.<\/li>\n<\/ul>\n<p><strong>Ante la p\u00e9rdida de un derecho adquirido, \u00bfQu\u00e9 puede hacer el trabajador?<\/strong><\/p>\n<p>En el supuesto de una modificaci\u00f3n sustancial de las condiciones de trabajo que afecte a la p\u00e9rdida de derechos adquiridos, el trabajador tendr\u00e1 la opci\u00f3n de:<\/p>\n<ul>\n<li>Impugnar la modificaci\u00f3n en sede judicial en el plazo de 20 d\u00edas desde su notificaci\u00f3n, mediante la correspondiente demanda<\/li>\n<li>Solicitar la extinci\u00f3n del contrato, siempre que los derechos adquiridos a los que afecten sean los recogidos en el art. 41.1 ET.<\/li>\n<\/ul>\n<p>Para la impugnaci\u00f3n de la modificaci\u00f3n en sede judicial, al ser un procedimiento especial, no requiere papeleta de conciliaci\u00f3n previa, con lo cual, directamente se puede interponer la demanda en sede judicial<\/p>\n<p><strong>Check-list para la gesti\u00f3n de derechos adquiridos<\/strong><\/p>\n<ul>\n<li>Verificar la existencia de beneficios reiterados y su reconocimiento como derechos adquiridos.<\/li>\n<li>Evaluar la legalidad de las condiciones laborales actuales frente a los est\u00e1ndares del contrato y el convenio.<\/li>\n<li>Consultar con representantes legales antes de proceder a la modificaci\u00f3n de cualquier derecho adquirido.<\/li>\n<li>Notificar adecuadamente a todas las partes involucradas sobre cambios propuestos o necesarios seg\u00fan la situaci\u00f3n econ\u00f3mica y legal de la empresa.<\/li>\n<li>Asegurarse de que todas las modificaciones se realicen en conformidad con los requisitos legales y con el respeto debido a los derechos de los trabajadores.<\/li>\n<\/ul>\n<p>&nbsp;<\/p>\n<p>Pueden ponerse en contacto con este despacho profesional para cualquier duda o aclaraci\u00f3n que puedan tener al respecto.<\/p>\n<p>Un cordial saludo,<\/p>\n<div><span class=\"sitemblogcategorytags\">Tags: <a href='\/blog\/en\/tag\/derechos-adquiridos' title='derechos adquiridos Tag' class='derechos-adquiridos'>derechos adquiridos<\/a><span class='scoma'>, <\/span> <a href='\/blog\/en\/tag\/laboral' title='laboral Tag' class='laboral'>laboral<\/a><span class='scoma'>, <\/span> <a href='\/blog\/en\/tag\/trabajo' title='trabajo Tag' class='trabajo'>trabajo<\/a><span class='scoma'>, <\/span> <\/span><\/div>","protected":false},"excerpt":{"rendered":"<p>&nbsp; En el contexto laboral, los derechos adquiridos representan un pilar esencial para la protecci\u00f3n y estabilidad de los trabajadores. 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