{"id":2759,"date":"2018-02-15T15:50:57","date_gmt":"2018-02-15T15:50:57","guid":{"rendered":"http:\/\/www.ambitassessor.com\/blog\/?p=2759"},"modified":"2018-02-15T15:50:57","modified_gmt":"2018-02-15T15:50:57","slug":"principales-novedades-para-el-autonomo-de-la-ley-62017-parte-ii","status":"publish","type":"post","link":"https:\/\/mgiambit.com\/blog\/es\/principales-novedades-para-el-autonomo-de-la-ley-62017-parte-ii\/","title":{"rendered":"Principales novedades para el aut\u00f3nomo de la ley 6\/2017 (parte II)"},"content":{"rendered":"<p><\/p>\n<h2><img loading=\"lazy\" decoding=\"async\" class=\"alignnone wp-image-2763\" src=\"https:\/\/ambitassessor.com\/blog\/wp-content\/uploads\/2018\/02\/novedades-autonomos-ambit-assessor-300x200.jpg\" alt=\"\" width=\"852\" height=\"568\" srcset=\"https:\/\/mgiambit.com\/blog\/wp-content\/uploads\/2018\/02\/novedades-autonomos-ambit-assessor-300x200.jpg 300w, https:\/\/mgiambit.com\/blog\/wp-content\/uploads\/2018\/02\/novedades-autonomos-ambit-assessor-768x512.jpg 768w, https:\/\/mgiambit.com\/blog\/wp-content\/uploads\/2018\/02\/novedades-autonomos-ambit-assessor-1024x682.jpg 1024w, https:\/\/mgiambit.com\/blog\/wp-content\/uploads\/2018\/02\/novedades-autonomos-ambit-assessor.jpg 1920w\" sizes=\"auto, (max-width: 852px) 100vw, 852px\" \/><\/h2>\n<h2><\/h2>\n<h2>Ya son de aplicaci\u00f3n todas las novedades para los trabajadores aut\u00f3nomos publicadas el 25 de octubre de 2017 en el BOE<\/h2>\n<p>El pasado mes de octubre el gobierno estableci\u00f3 una serie de medias que favorec\u00edan las condiciones actuales de los trabajadores aut\u00f3nomos en materia con la seguridad Social, algunas de ellas de aplicaci\u00f3n a partir del mes de septiembre y otras entran en vigor a partir del 1 de enero de 2018.<\/p>\n<p>Una de las medidas m\u00e1s esperada para este a\u00f1o es <strong><u>la mejora de la tarifa plana<\/u><\/strong> de los trabajadores aut\u00f3nomos.<\/p>\n<p><strong>Con efectos desde el 1\u00ba de enero de 2018, se ampl\u00eda la tarifa plana de 50 euros de seis meses a un a\u00f1o para las altas iniciales en el RETA. Adem\u00e1s que se podr\u00e1 reemprender con tarifa plana tras dos a\u00f1os de haber interrumpido la actividad sin tener que esperar 5 a\u00f1os.<\/strong><\/p>\n<p>1.Los trabajadores por cuenta propia o aut\u00f3nomos que causen alta inicial o que no hubieran estado en situaci\u00f3n de alta en los 2 a\u00f1os inmediatamente anteriores, a contar desde la fecha de efectos del alta, en el R\u00e9gimen Especial de la Seguridad Social de los Trabajadores por Cuenta Propia o Aut\u00f3nomos, tendr\u00e1n derecho a una reducci\u00f3n en la cotizaci\u00f3n por contingencias comunes. Esto incluye la incapacidad temporal, que quedar\u00e1 fijada en la cuant\u00eda de 50 euros mensuales durante los 12 meses inmediatamente siguientes a la fecha de efectos del alta, en el caso de que opten por cotizar por la base m\u00ednima que les corresponda.<\/p>\n<p>Alternativamente, aquellos trabajadores por cuenta propia o aut\u00f3nomos que, cumpliendo los requisitos previstos en el p\u00e1rrafo anterior, optasen por una base de cotizaci\u00f3n superior a la m\u00ednima que les corresponda, podr\u00e1n aplicarse durante los 12 primeros meses inmediatamente siguientes a la fecha de efectos del alta, una reducci\u00f3n del 80 por ciento sobre la cuota por contingencias comunes, siendo la cuota a reducir la resultante de aplicar a la base m\u00ednima de cotizaci\u00f3n que corresponda el tipo m\u00ednimo de cotizaci\u00f3n vigente en cada momento, incluida la incapacidad temporal.<\/p>\n<p>Con posterioridad al periodo inicial de 12 meses previsto en los dos p\u00e1rrafos anteriores, y con independencia de la base de cotizaci\u00f3n elegida, los trabajadores por cuenta propia que disfruten de la medida prevista en este art\u00edculo podr\u00e1n aplicarse las siguientes reducciones y bonificaciones sobre la cuota por contingencias comunes, siendo la cuota a reducir o bonificar la resultante de aplicar a la base m\u00ednima de cotizaci\u00f3n que corresponda el tipo m\u00ednimo de cotizaci\u00f3n vigente en cada momento, incluida la incapacidad temporal, por un per\u00edodo m\u00e1ximo de hasta 12 meses, hasta completar un periodo m\u00e1ximo de 24 meses tras la fecha de efectos del alta, seg\u00fan la siguiente escala:<\/p>\n<ol>\n<li>a) Una reducci\u00f3n equivalente al 50 por ciento de la cuota durante los 6 meses siguientes al per\u00edodo inicial previsto en los dos primeros p\u00e1rrafos de este apartado.<\/li>\n<li>b) Una reducci\u00f3n equivalente al 30 por ciento de la cuota durante los 3 meses siguientes al per\u00edodo se\u00f1alado en la letra a).<\/li>\n<li>c) Una bonificaci\u00f3n equivalente al 30 por ciento de la cuota durante los 3 meses siguientes al per\u00edodo se\u00f1alado en la letra b).<\/li>\n<li>En el supuesto de que los trabajadores por cuenta propia sean menores de 30 a\u00f1os, o menores de 35 a\u00f1os en el caso de mujeres, y causen alta inicial o no hubieran estado en situaci\u00f3n de alta en los 2 a\u00f1os inmediatamente anteriores, a contar desde la fecha de efectos del alta, en el R\u00e9gimen Especial de la Seguridad Social de los Trabajadores por Cuenta Propia o Aut\u00f3nomos, podr\u00e1n aplicarse, adem\u00e1s de las reducciones y bonificaciones previstas en el apartado anterior, una bonificaci\u00f3n adicional equivalente al 30 por ciento, sobre la cuota por contingencias comunes, en los 12 meses siguientes a la finalizaci\u00f3n del periodo de bonificaci\u00f3n previsto en el apartado 1, siendo la cuota a bonificar la resultante de aplicar a la base m\u00ednima de cotizaci\u00f3n que corresponda el tipo m\u00ednimo de cotizaci\u00f3n vigente en cada momento, incluida la incapacidad temporal. En este supuesto la duraci\u00f3n m\u00e1xima de las reducciones y bonificaciones ser\u00e1 de 36 meses.<\/li>\n<li>El per\u00edodo de baja en el R\u00e9gimen Especial de la Seguridad Social de los Trabajadores por Cuenta Propia o Aut\u00f3nomos, exigido en los apartados anteriores para tener derecho a los beneficios en la cotizaci\u00f3n en ellos previstos en caso de reemprender una actividad por cuenta propia, ser\u00e1 de 3 a\u00f1os cuando los trabajadores aut\u00f3nomos hubieran disfrutado de dichos beneficios en su anterior per\u00edodo de alta en el citado r\u00e9gimen especial.<\/li>\n<li>En el supuesto de que la fecha de efectos de las altas a que se refieren los apartados 1 y 2 no coincidiera con el d\u00eda primero del respectivo mes natural, el beneficio correspondiente a dicho mes se aplicar\u00e1 de forma proporcional al n\u00famero de d\u00edas de alta en el mismo.<\/li>\n<li>Lo dispuesto en los apartados anteriores ser\u00e1 tambi\u00e9n de aplicaci\u00f3n, cuando cumplan los requisitos en ellos establecidos, a los trabajadores por cuenta propia que queden incluidos en el grupo primero de cotizaci\u00f3n del R\u00e9gimen Especial de la Seguridad Social de los Trabajadores del Mar y a los socios de sociedades laborales y a los socios trabajadores de cooperativas de trabajo asociado que queden encuadrados en el R\u00e9gimen Especial de la Seguridad Social de los Trabajadores por Cuenta Propia o Aut\u00f3nomos o en el R\u00e9gimen Especial de la Seguridad Social de los Trabajadores del Mar, dentro del grupo primero de cotizaci\u00f3n.<\/li>\n<li>Lo previsto en el presente art\u00edculo resultar\u00e1 de aplicaci\u00f3n aun cuando los beneficiarios de esta medida, una vez iniciada su actividad, empleen a trabajadores por cuenta ajena. 7. Las bonificaciones de cuotas previstas en este art\u00edculo se financiar\u00e1n con cargo a la correspondiente partida presupuestaria del Servicio P\u00fablico de Empleo Estatal y las reducciones de cuotas se soportar\u00e1n por el presupuesto de ingresos de la Seguridad Social, respectivamente.<\/li>\n<li>Los beneficios en las cotizaciones previstos en este art\u00edculo consistir\u00e1n en una bonificaci\u00f3n en el supuesto de trabajadores por cuenta propia o aut\u00f3nomos inscritos en el Sistema Nacional de Garant\u00eda Juvenil que cumplan con los requisitos establecidos en el art\u00edculo 105 de la Ley 18\/2014, de 15 de octubre, de aprobaci\u00f3n de medidas urgentes para el crecimiento, la competitividad y la eficiencia, aplic\u00e1ndose dicha bonificaci\u00f3n en los mismos t\u00e9rminos que los incentivos previstos en el apartado 1 y teniendo derecho asimismo a la bonificaci\u00f3n adicional contemplada en el apartado 2.\u00bb<\/li>\n<\/ol>\n<p>Estas medidas, pues, est\u00e1n pensadas\u00a0para\u00a0fomentar el incremento de nuevos negocios y de personas emprendedoras facilitando el inicio de las actividades sin tener que asumir una cuota de aut\u00f3nomos de 275 euros desde el inicio.<\/p>\n<div><span class=\"sitemblogcategorytags\">Tags: <a href='\/blog\/es\/tag\/autonomo' title='Aut\u00f3nomo Tag' class='autonomo'>Aut\u00f3nomo<\/a><span class='scoma'>, <\/span> <a href='\/blog\/es\/tag\/bonificacion' title='bonificaci\u00f3n Tag' class='bonificacion'>bonificaci\u00f3n<\/a><span class='scoma'>, <\/span> <a href='\/blog\/es\/tag\/bonificaciones' title='bonificaciones Tag' class='bonificaciones'>bonificaciones<\/a><span class='scoma'>, <\/span> <a href='\/blog\/es\/tag\/emprendedores' title='Emprendedores Tag' class='emprendedores'>Emprendedores<\/a><span class='scoma'>, <\/span> <a href='\/blog\/es\/tag\/reta' title='RETA Tag' class='reta'>RETA<\/a><span class='scoma'>, <\/span> <a href='\/blog\/es\/tag\/seguridad-social' title='Seguridad Social Tag' class='seguridad-social'>Seguridad Social<\/a><span class='scoma'>, <\/span> <a href='\/blog\/es\/tag\/tarifa-plana' title='tarifa plana Tag' class='tarifa-plana'>tarifa plana<\/a><span class='scoma'>, <\/span> <a href='\/blog\/es\/tag\/trabajadores' title='trabajadores Tag' class='trabajadores'>trabajadores<\/a><span class='scoma'>, <\/span> <\/span><\/div>","protected":false},"excerpt":{"rendered":"<p>Ya son de aplicaci\u00f3n todas las novedades para los trabajadores aut\u00f3nomos publicadas el 25 de octubre de 2017 en el BOE El pasado mes de octubre el gobierno estableci\u00f3 una serie de medias que favorec\u00edan las condiciones actuales de los trabajadores aut\u00f3nomos en materia con la seguridad Social, algunas de ellas de aplicaci\u00f3n a partir [&hellip;]<\/p>\n","protected":false},"author":13,"featured_media":0,"comment_status":"open","ping_status":"open","sticky":false,"template":"","format":"standard","meta":{"footnotes":""},"categories":[11],"tags":[15,42,198,114,197,12,196,20],"class_list":["post-2759","post","type-post","status-publish","format-standard","hentry","category-laboral","tag-autonomo","tag-bonificacion","tag-bonificaciones","tag-emprendedores","tag-reta","tag-seguridad-social","tag-tarifa-plana","tag-trabajadores"],"jetpack-related-posts":[],"_links":{"self":[{"href":"https:\/\/mgiambit.com\/blog\/es\/wp-json\/wp\/v2\/posts\/2759","targetHints":{"allow":["GET"]}}],"collection":[{"href":"https:\/\/mgiambit.com\/blog\/es\/wp-json\/wp\/v2\/posts"}],"about":[{"href":"https:\/\/mgiambit.com\/blog\/es\/wp-json\/wp\/v2\/types\/post"}],"author":[{"embeddable":true,"href":"https:\/\/mgiambit.com\/blog\/es\/wp-json\/wp\/v2\/users\/13"}],"replies":[{"embeddable":true,"href":"https:\/\/mgiambit.com\/blog\/es\/wp-json\/wp\/v2\/comments?post=2759"}],"version-history":[{"count":9,"href":"https:\/\/mgiambit.com\/blog\/es\/wp-json\/wp\/v2\/posts\/2759\/revisions"}],"predecessor-version":[{"id":2770,"href":"https:\/\/mgiambit.com\/blog\/es\/wp-json\/wp\/v2\/posts\/2759\/revisions\/2770"}],"wp:attachment":[{"href":"https:\/\/mgiambit.com\/blog\/es\/wp-json\/wp\/v2\/media?parent=2759"}],"wp:term":[{"taxonomy":"category","embeddable":true,"href":"https:\/\/mgiambit.com\/blog\/es\/wp-json\/wp\/v2\/categories?post=2759"},{"taxonomy":"post_tag","embeddable":true,"href":"https:\/\/mgiambit.com\/blog\/es\/wp-json\/wp\/v2\/tags?post=2759"}],"curies":[{"name":"wp","href":"https:\/\/api.w.org\/{rel}","templated":true}]}}