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Bulletin, Finances, MesuresCovid 27/03/20

Mesures générales extraordinaires de financement en conséquence de l'état d'urgence sanitaire lié à la Covid-19.


 

El Real Decreto-Ley 8/2020 de 17 de marzo aprobó un importante paquete de medidas encaminada a facilitar liquidez a las empresas y evitar una paralización completa del Estado:

 

  1. Ministerio de Asuntos Económicos: Aval de hasta 100.000 millones de euros a la financiación concedida por Entidades Financieras a empresas y autónomos que precisen atender necesidades de circulante, obligaciones financieras o tributarias u otras necesidades de liquidez. Pendiente de desarrollo por el Consejo de Ministros.
  2. ICO: Ampliación en 10.000 millones de euros su limite de endeudamiento neto, para facilitar liquidez adicional, preferente a pymes y autónomos. ICO también trabaja a través de las Entidades financieras.
  3. CESCE: Cobertura aseguradora de hasta 2.000 millones de euros para créditos de circulante para empresas exportadoras.
  4. Existen medidas adicionales de menor cuantía para explotaciones agrarias y proyectos de I+D+I

 

Todas estas medidas, pendientes de reglamentación, han recibido su primera concreción ayer, día 26 de marzo, que el BOE publicó la primera Resolución de la Secretaria de Estado de Economía y Apoyo a la Empresa sobre ellas.

 

Esta resolución ordena una primera movilización de avales del estado a créditos a empresas, por valor de 20.000 millones, dividida en dos tramos:

I) 10.000 millones para autónomos y pymes, que consiste en un aval del 80% de los créditos recibidos para financiar circulante (pagos corrientes a proveedores, administraciones públicas, trabajadores, etc.)

II) 10.000 millones para resto de empresas, que consiste en un aval del 70% para nuevas operaciones o 60% para operaciones de renovación de créditos.

 

Características de los préstamos avalables:

 

  • Que se hayan formalizado o renovado con posterioridad al 17 de marzo.
  • Que la empresa no figure como morosa en el CIRBE a 31/12/2019.
  • Que la empresa no esté sujeta a un procedimiento concursal a 17 de marzo, bien porque jurídicamente lo había iniciado, bien porque cumplía con causa objetiva para hacerlo.

 

El plazo para acceder a estas ayudas es hasta el 30 de septiembre de 2020, y el acceso a las ayudas es a través de las Entidades Financieras.

 

Si precisa de nuestra ayuda para obtener más información o tiene dudas al respecto, por favor, póngase en contacto con nosotros a través de nuestro correo electrónico ambit@ambitassessor.com.

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