Noticias y artículos

Àmbit Assessor, Destacado, 18/12/15

Legalización telemática obligatoria de las Actas de las Sociedades


Téngalo todo listo para la presentación de sus Actas antes del  día 30 de abril de 2016.

Tal como ya les indicábamos a principios de año en un artículo que dedicamos este mismo tema, la Ley 14/2013 de apoyo a los emprendedores incorporó la obligación de legalizar telemáticamente y cumplimentar en soporte electrónico los libros obligatorios de las Sociedades. Entre dichos libros se encuentra el Libro de Actas y el de Registro de Socios.
En dicho artículo les informábamos específicamente de las principales características de este proceso en relación a los antedichos libros societarios, su plazo de presentación (dentro de los cuatro primeros meses desde el cierre del ejercicio social) y les insistíamos en la  necesidad de recoger puntualmente sus reuniones, de Junta o Consejo, en dichas Actas.De esta forma, les desglosábamos las líneas fundamentales de la Instrucción de 12 de febrero de 2015 que desarrollaba esta cuestión.

Con posterioridad a la aprobación de dicha instrucción y por el trámite de urgencia, las principales empresas del IBEX 35 recurrieron la norma consiguiendo “in extremis” su paralización alegando que el proceso que describía no garantizaba la confidencialidad de las Actas.

Como reacción a dicha paralización, la DGRN emitió una nueva instrucción en fecha 15 de julio que solventó los problemas de seguridad alegados y estableció a partir de qué fecha ya es ineludible la cumplimentación electrónica y la legalización telemática de las Actas.  Así pues,esta norma, en su artículo quinto, señala que las Actas producidas hasta el día 31 de diciembre de 2014 podrán recogerse en los Libros físicos tradicionales legalizados en blanco, siendo ya preceptivo su formato electrónico a partir del día 1 de enero de 2015.

En definitiva, podemos decir que, en cierto modo, todas aquellas sociedades que ya poseían un libro de Actas legalizado en blanco gozaron de una prórroga sobrevenida para el ejercicio 2014, pero cabe insistir en que dicha prórroga finalizó el pasado 31 de diciembre,  con lo que las Actas relativas al ejercicio 2015,cuya cumplimentación debe ser ya electrónica,tendrán que ser presentadas,para su legalización telemática, en los cuatro meses siguientes a la finalización del ejercicio, en la mayor parte de los casos antes del 30 de abril de 2016.

Como no puede ser de otra manera, nos ponemos a su disposición en el caso que necesite ayuda para la legalización de los libros o, incluso, para la redacción de las Actas.

Estaremos encantados de ayudarles.

linkedin Marc Ivars
Área Fiscal

linkedin twittertop Àmbit Assesor

¿Tienes alguna duda sobre este tema?

Nuestro equipo de asesores expertos te ayudará a resolver cualquier problema relacionado con nuestros servicios.

Contactar ahora

MGI Àmbit

Barcelona
Rbla Catalunya, 98 5º 2ª
08008. Barcelona

Olesa de Montserrat
Mallorca, 11-13
08640. Olesa de Montserrat

T +34 933 233 100
ambit@ambitassessor.com

By Cienpies
asesoria juridico financiera logo2

MGI Worldwide is a network of independent audit, tax, accounting and consulting firms. MGI Worldwide does not provide any services and its member firms are not an international partnership. Each member firm is a separate entity and neither MGI Worldwide nor any member firm accepts responsibility for the activities, work, opinions or services of any other member firm. For more information visit www.mgiworld.com/legal.


Youtube Ambit  Linkedin Ambit  Twitter Ambit