
Si tiene la intención de vender sus participaciones de una Sociedad Limitada, es muy importante que conozca qué procedimiento ha de seguir.
En el presente artículo les hacemos una breve exposición de las normas que debe respetar
(también le puede interesar: Cómo valorar sus participaciones en una Sociedad.)
Régimen de Transmisibilidad de las participaciones sociales:
Efectivamente, si Vd. pretende vender la totalidad, o parte, de sus participaciones sociales, debe saber, antes de comprometerse con el comprador, si puede hacerlo con total libertad o si existe alguna restricción o procedimiento a seguir.
Por lo general, la respuesta la encontrará en los Estatutos de la sociedad, ya que, normalmente, estos regulan el régimen de transmisión de las participaciones.
Si no fuera el caso, es la Ley de Sociedades de Capital la que marca las reglas que, por defecto, se han de respetar y que, muy sucintamente, les exponemos a continuación:
a. Usted es libre de transmitir sus participaciones si el adquirente es otro socio, su cónyuge, ascendiente, descendiente, o bien, en el caso de que el vendedor sea una sociedad mercantil, otra sociedad que pertenezca al mismo grupo.
b. En cualquier otro caso, debe seguir el procedimiento que marca el art. 107.2 de la Ley y que, básicamente, trata de garantizar que el resto de socios y la propia sociedad puedan ejercer su derecho de adquisición preferente.
De esta forma, la Sociedad podrá denegarle la transmisión que Vd. proyecta si le comunica, en tiempo y forma, la existencia de uno o varios socios o terceros que están dispuestos a comprar la totalidad de las participaciones que pretende vender, en las mismas condiciones que Vd. comunicó a la Sociedad. La Junta también podrá decidir que sea la propia Sociedad la que adquiera las participaciones.
Si la transmisión que Vd. quiere realizar no es una venta sino una aportación o una donación, el precio será fijado por acuerdo de las partes y, si éstas no se ponen de acuerdo, decidirá el precio (el valor razonable) un auditor.
Ante una eventualidad como la reseñada y, especialmente, si la operación es de una cierta relevancia, conviene estar bien respaldado. Apoyarse en un abogado que le guíe en los diferentes pasos a seguir o en un economista que le pueda orientar con el precio que Vd. puede proponer, creemos que es fundamental.
En Àmbit Assessor, S.L. encontrará el respaldo profesional que necesita.
Contacte sin compromiso a nuestro correo electrónico: ambit@ambitassessor.com.
Marc Ivars. Área Mercantil
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