
Nuevo régimen de localización de IVA de los servicios electrónicos.
Siguiendo con nuestros post de modificaciones en el IVA (vea también “Los nuevos supuestos de inversión del sujeto pasivo”) en esta ocasión hablaremos de los servicios de telecomunicaciones, de radiodifusión-televisión y electrónicos prestados a particulares consumidores finales establecidos en la Unión Europea, que desde el 1 de enero de 2015, se localizarán en el Estado miembro de establecimiento de dicho particular.
Este cambio de tributación viene acompañado de un nuevo régimen al que podrán acogerse “voluntariamente” las empresas prestadoras de estos servicios. Estamos hablando de la denominada “Mini Ventanilla Única” o “Mini One-Stop Shop” (MOSS), cuya finalidad es minorar los “costes indirectos” que pudieran conllevar para los operadores el hecho de tener que establecerse e ingresar el IVA en aquellos países en los que prestase estos servicios.
Es decir, la MOSS permitirá que los empresarios o profesionales no tengan que identificarse y darse de alta en cada Estado de consumo, sino que podrán presentar sus declaraciones de IVA desde el Portal Web de su Estado de Identificación, registrándose expresamente en este régimen.
Atención a los casos en que la MOSS no resulta aplicable:
- Cuando se prestan exclusivamente a empresarios o profesionales.
- Cuando los destinatarios sean los particulares establecidos en el mismo Estado miembro donde está establecido el empresario o profesional que los preste.
Conviene recordar en este punto algunos ejemplos de servicios prestados por vía electrónica:
· Alojamiento de sitios Web y de páginas Web.
· Mantenimiento a distancia de programas y de equipos.
· Acceso o descarga de programas y su actualización.
· Suministro de imágenes, texto y la puesta a disposición de bases de datos.
· El acceso o descarga de música, películas, juegos, revistas y periódicos en línea, contenido digitalizado de libros…
· Enseñanza a distancia automatizada que dependa de Internet para funcionar y que no necesite, o apenas necesite, de intervención humana.
Si usted es un empresario o profesional que presta o va a prestar servicios de telecomunicaciones, de radiodifusión-televisión y electrónicos en la Unión Europea y precisa de nuestra ayuda para el registro en el sistema MOSS o tiene cualquier duda al respecto, por favor, póngase en contacto con nosotros a través de nuestro correo electrónico ambit@ambitassessor.com o bien en nuestras oficinas.
Juan Ojea
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