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Àmbit Assessor, Boletín, Destacado, 07/06/16

El Sistema Nacional de Garantía Juvenil


ambit-assessor-sistema-garantia-juvenilRevisamos los incentivos que se derivan para las empresas que contraten a jóvenes inscritos.

El Sistema Nacional de Garantía Juvenil es una iniciativa europea que pretende facilitar el acceso de los jóvenes al mercado de trabajo, proporcionando a las empresas una serie de beneficios.

Para acceder a dicho Plan se han de cumplir una serie de requisitos:

– Ser ciudadanos de la Unión Europea o tener una autorización para residir en el Estado español y que habilite al joven a trabajar en dicho territorio.

–  Estar empadronado en cualquier localidad del territorio nacional español.

–  Tener más de 16 años y menos de 30 en el momento de solicitar la inscripción.

–  No haber trabajado en los 30 días naturales anteriores a la fecha de la solicitud.

–  No haber recibido acciones educativas que conlleven más de 40 horas mensuales en los 90 días naturales anteriores a la fecha de presentación de la solicitud.

–  No haber recibido acciones formativas que conlleven más de 40 horas mensuales en los 30 días naturales anteriores a la fecha de presentación de la solicitud.

–  Presentar una declaración expresa de tener interés en participar en el Sistema Nacional de Garantía Juvenil, adquiriendo un compromiso de participación activa en las actuaciones que se desarrollen en el marco de la Garantía Juvenil.

Una vez inscrito el joven en el Sistema, las empresas y los autónomos podrán contratarlo y, siempre que cumplan con las condiciones que para cada incentivo se prevén, podrán aplicarse una serie de beneficios en las cotizaciones de la Seguridad Social:

1. Bonificación de 300 euros en la aportación empresarial a la cotización de la Seguridad Social de dicho joven, durante 6 meses.

2. Contrato en Prácticas.
Cuenta con incentivos de hasta el 100% en las cotizaciones empresariales a la Seguridad Social por contingencias comunes.

3. Mínimo exento de 500 €
de la base de cotización por la contratación indefinida durante 24 meses. Esta ventaja es compatible con la referida en el punto anterior.

4. Contrato para la Formación y el Aprendizaje. Cuenta con una reducción de hasta el 100% en las cuotas empresariales a la Seguridad Social por la contratación realizada por parte de empresas de hasta 250 trabajadores, y del 75% para el resto. Además, cuenta con una bonificación de hasta el 25% por la actividad formativa, que debe ser como mínimo del 25% el primer año y del 15% el segundo y tercer año.

Para un asesoramiento más amplio pueden ponerse en contacto con nuestro departamento laboral y le ampliaremos la información realizando un asesoramiento más concreto teniendo en cuenta las circunstancias de la futura contratación.

Sonia Rodríguez
Área de Gestión Laboral

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