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Àmbit Assessor, Destacado, 15/01/15

Importantes novedades en la confección de las declaraciones informativas relativas al ejercicio 2014.


CRA_fichero

MODELO 180 de resumen anual de retenciones sobre rendimientos procedentes de arrendamientos y subarrendamientos de inmuebles urbanos
Deberá consignarse separadamente las rentas y retenciones practicadas por cada unos de los inmuebles arrendados o subarrendados aun perteneciendo a un mismo propietario identificando su dirección completa y su referencia catastral si la tuviera asignada.

MODELO 347 de declaración anual de operaciones con terceras personas
Se incluyen como obligados a presentar el modelo a las comunidades de bienes en régimen de propiedad horizontal así como determinadas entidades o establecimientos de carácter social por las adquisiciones de bienes o servicios en general, independientemente de su afectación o no a una actividad económica empresarial o profesional.
Los empresarios acogidos al régimen simplificado del IVA (módulos) deberán suministrar información no sólo de las operaciones por las que emitan factura sino también de aquellas por las que reciban factura y estén anotadas en el Libro Registro de Facturas Recibidas.
Debido a la modificación introducida en el modelo 180 de retenciones sobre rentas procedentes del arrendamiento y subarrendamiento de inmuebles, los arrendadores de inmuebles quedan exonerados de la obligación de presentación del modelo 347

MODELO 190 de Resumen anual de retenciones e ingresos a cuenta del IRPF sobre rendimientos del trabajo, actividades económicas, premios y determinadas ganancias patrimoniales e imputaciones de renta.
Se crean nuevas subclavespara la identificación de rendimientos específicos.

MODELO 390 de Resumen anual de IVA
Se elimina la obligación de presentación de este modelo para los empresarios incluidos en el régimen simplificado del IVA (módulos) siempre que no hayan causado baja con anterioridad al cuarto trimestre del ejercicio 2014 así como para los arrendadores de inmuebles urbanos.
En ambos casos es requisito indispensable que tributen exclusivamente en el territorio común del impuesto

Alicia Conesa
Área fiscal

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