Notícies i articles

Financiero, fiscal, MEDIDAS COVID, 24/03/21

Análisis Real Decreto Ley 5/2021 (II): Medidas de flexibilización de préstamos dotados con aval público.


Medidas adicionales de flexibilización de los préstamos dotados con aval público (reestructuración de deuda financiera)

 

En el presente artículo pasamos a detallarles las características principales de las medidas que se han tomado para flexibilizar la financiación de las empresas y autónomos obtenida a través de los créditos avalados por el Instituto de Crédito Oficial (ICO).

Esta vía contará con una dotación de 3.000 millones de euros que se destinarán a reestructurar los 121.000 millones de créditos referidos.

 

  1. Requisitos

 

  • Empresas y autónomos con sede social en España (o cuando se trate de entidades no residentes no financieras que operen en España a través de establecimiento permanente) que hayan suscrito operaciones de financiación que cuenten con aval público. En ningún caso, puede tener su domicilio fiscal en un paraíso fiscal.
    • Concedidas por:
  1. Entidades de crédito
  2. Entidad supervisada por el Banco de España que realice la concesión de préstamos o créditos a empresas y autónomos con sede social en España, entre el 17 de marzo de 2020 y el 13 de marzo de 2021.
  3. Compañía Española de Reafianzamiento, S.A. (CERSA)

 

  • La empresa o autónomo, en los casos en que le sea aplicable y siempre que el plazo de solicitud estuviera vigente, deberá haber solicitado previamente a las entidades financieras y éstas haber comunicado la formalización a ICO las medidas de ampliación de plazos y carencias, recogidas en el Real Decreto-ley 34/2020, de 17 de noviembre, de medidas urgentes de apoyo a la solvencia empresarial y al sector energético, y en materia tributaria.
  • Mantenimiento de la actividad hasta el 30 de junio de 2022
  • No repartir dividendos ni incrementar las retribuciones de la alta dirección durante dos años
  • No estar cesado de actividad en el momento de la solicitud
  • No deberán haber solicitado el concurso de acreedores
  • No podrán estar incursos en concurso de acreedores (salvo que se encuentren en fase de cumplimiento de convenio)
  • No inhabilitados concursalmente (salvo que haya concluido el periodo de inhabilitación).
  • No podrán haber sido declarados insolventes en ningún procedimiento
  • No podrán estar sujetos a intervención judicial
  • No haber sido condenado mediante sentencia firme a la pena de pérdida de la posibilidad de obtener subvenciones o ayudas públicas o por delitos de prevaricación, cohecho, malversación de caudales públicos, tráfico de influencias, fraudes y exacciones ilegales o delitos urbanísticos.
  • No haber dado lugar, por causa de la que hubiese sido declarado culpable, a la resolución firme de cualquier contrato celebrado con la Administración
  • Encontrarse al corriente de pago de obligaciones tributarias y Seguridad Social

 

  1. Requisitos

 

  • ArancelesLos derechos arancelarios notariales y registrales derivados de la formalización e inscripción de estas operaciones se bonificarán en un 50 por ciento.
  • En función del criterio de cada entidad financiera, se podrá acordar:

 

  1. Extender por un periodo adicional el plazo de vencimiento de los préstamos con aval público
  2. Convertir los préstamos con aval público en préstamos participativos, medida que reforzará los recursos propios de las empresas beneficiarias al tener estos préstamos un tratamiento equivalente al capital a efectos mercantiles.
  3. Conceder (como último recurso y con carácter excepcional) ayudas directas para reducir la financiación con aval público solicitada durante la pandemia. (arts 7 y ss. Real Decreto-ley 5/2021)

 

Quedamos a su disposición para cualquier duda o consulta que tengan a bien hacernos.

 

 

¿Tienes alguna duda sobre este tema?

Nuestro equipo de asesores expertos te ayudará a resolver cualquier problema relacionado con nuestros servicios.

Contactar ahora


Barcelona
Rbla Catalunya, 98 5º 2ª
08008. Barcelona

Olesa de Montserrat
Mallorca, 11-13
08640. Olesa de Montserrat

T +34 933 233 100
ambit@ambitassessor.com

By Cienpies
assessoria jurídica financera logo2

MGI Worldwide is a network of independent audit, tax, accounting and consulting firms. MGI Worldwide does not provide any services and its member firms are not an international partnership. Each member firm is a separate entity and neither MGI Worldwide nor any member firm accepts responsibility for the activities, work, opinions or services of any other member firm. For more information visit www.mgiworld.com/legal.


Youtube Ambit  Linkedin Ambit  Twitter Ambit